El ISSTECH a través de la Unidad de Supervisión y Atención al Derechohabiente, tramita con oportunidad y transparencia todas las solicitudes de reembolso de gastos médicos extrainstitucionales, que presenten los derechohabientes de los sectores magisterio, burocracia y sus propios trabajadores, que se hayan originado por la negativa de atención, deficiencias médicas y/o administrativas o la imposibilidad en la prestación del servicio de las unidades médicas del Isstech.
Requisitos para presentar Solicitud de Reembolso de Gastos Médicos Extrainstitucionales.
- Solicitud por escrito del reembolso de gastos, describiendo los hechos y circunstancias motivo de la atención médica extrainstitucional, que deberá contener:
- Nombre completo del paciente y/o del promovente
- Nombre de la unidad médica
- Médico, paramédico y/o personal administrativo de quien recibió o no la atención.
- Copia fotostática de la credencial de afiliación vigente del ISSTECH.
- Copia fotostática del último talón de cheque del asegurado o copia de nómina.
- Copia fotostática de las facturas y recibo de honorarios, con los requisitos fiscales.
- Designación del domicilio actual para que el promovente, reciba notificaciones y presentar copia del mismo. (Recibo de agua, luz, teléfono).
- Original del informe circunstanciado del médico particular que prestó la atención en el que se especifique; hora, fecha, condiciones de ingreso, diagnóstico, tratamiento seguido, así como la fecha y hora de egreso, en el cual deberá constar el No. De cédula profesional, anexando al mismo todos los estudios de laboratorio clínico, gabinete, histopatológicos, y otros que se requieran para emitir el dictamen relacionados al padecimiento, para confirmar la evolución, diagnostico y tratamiento médico.
Cuando a la solicitud de reembolso le falte alguno de los datos o documento antes señalados, se le requerirá al promovente por escrito y por única ocasión, para que entregue su documentación completa, en un término de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación en el domicilio señalado en su solicitud.
De cumplir el plazo, sin entregar los requisitos faltantes, la solicitud de reembolso se tendrá como desechada.
Todas las solicitudes de reembolso de gastos médicos contarán con un plazo de 60 días naturales, a partir de la fecha en que el paciente recibió por primera vez la atención médica extrainstitucional.
Serán improcedentes las solicitudes de reembolso en los casos siguientes:
- Cirugía estética
- Dotación de anteojos, lentes de contacto y aparatos auditivos
- Cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipermetropía
- Examen médico preventivo solicitado por el trabajador o sus beneficiarios
- Procedimientos y tratamiento médico-quirúrgicos no considerados en los lineamientos normativos para la atención médica.
- Tratamientos dentales especializados como endodoncia, parodoncia, prótesis dental y ortodoncia, salvo en caso de secuelas de labio leporino y paladar hendido.
- Procedimientos médicos quirúrgicos en casos de esterilidad secundaria o en mujeres que se encuentran fuera de protocolo
- La fertilización asistida en casos de esterilidad primaria
- Prótesis internas y órtesis para tratamientos ortopédicos.
- Atención médica, que el derechohabiente haya requerido de manera directa en otras entidades federativas.
- Cuando no exista evidencia alguna de que el paciente haya sido a tendido en primera instancia en las unidades médicas del ISSTECH, o de la negativa de la atención y
- Lo que se establezca en el Reglamento de Servicios Médicos.



